La abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión europea, Verica Trstenjak, dictaminó que el canon digital que se aplica en España es ilegal porque se impone indiscriminadamente a todos los equipos y materiales de reproducción y no únicamente a los que presumiblemente se vayan a destinar a la realización de copias privadas. “Un sistema nacional que prevé la aplicación de un canon por copia privada a todos los equipos, aparatos y materiales de reproducción digital de forma indiscriminada no es compatible con la normativa comunitaria”, afirma el dictamen. La abogada general precisa que, para ajustarse a la normativa comunitaria, este tipo de tasa –recauda a favor de autores, artistas y productores- solo debe aplicarse a los equipos y materiales de reproducción digital que presumiblemente se vayan a destinar a la realización de copias privadas. Y en ningún caso puede cobrarse indiscriminadamente a empresas y profesionales que claramente adquieran los aparatos y soportes materiales para otras finalidades ajenas a la copia privada. Las conclusiones se refieren al litigio que enfrenta a la SGAE con la empresa PADAWAN. Las conclusiones no vinculan al Tribunal de Justicia, aunque éste las sigue en la mayoría de los casos. Su función consiste en proponer, con absoluta independencia, una solución jurídica al asunto del que se ocupa.
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